29 / 11 / 2019 | CCT y Reglamentaciones,Noticias Gremiales    

Con gran satisfacción, informamos que seguimos avanzando en la convalidación y reglamentación de nuestro Convenio Colectivo de Trabajo. En esta oportunidad, en la sesión de Consejo Superior de hoy, jueves 28 de noviembre, se trató y ratificó el Acta Paritaria Local que reglamenta el artículo 13 del CCT de las y los Trabajadores Docentes de las Universidades Nacionales que establece un mecanismo de Concurso Cerrado para el ascenso de Ayudante Graduado (regular) a Jefe de Trabajos Prácticos (regular).

Al reglamentarse un artículo en una universidad en particular, el texto del Acuerdo tiene vigencia para esa Universidad, aunque también sirve de fuente de inspiración, para otras paritarias locales. También resulta clave al reglamentar un artículo intentar ir más allá del texto del Convenio Nacional, como en este caso. La propuesta que tratamos en la Paritaria Local para la reglamentación de este artículo, surgió de lo discutido y aprobado en Asamblea de adum del 1/7/2019 y tiende a la preservación de los cargos de Ayudantes que pudieran liberarse.

Además, el texto del acuerdo paritario, firmado el 16/8/19 y ahora ratificado por el Consejo Superior, será incorporado en la futura Ordenanza que reemplazará a la actual OCS 690/93 que reglamenta la Carrera Docente en la UNMdP. La OCS 690/93 ha sido modificada en varias oportunidades y se encuentra en proceso de actualización y unificación en un texto ordenado.

Al igual que cuando alcanzamos el Convenio Colectivo nacional, en cada paso de su reglamentación local se consolidan derechos y/o se generan nuevos. Estamos contentos por este logro colectivo alcanzado por adum mediante la paritaria local.

Seguimos trabajando en la reglamentación del artículo 14 (Cobertura de Vacantes) y en generar un Programa de Aumentos de Categoría.

Más abajo transcibimos:

1)- El artículo 13 del CCT Nacional

2)- El Acta Paritaria local (ratificada por Ordenanza del Consejo Superior de la UNMdP)

Perla Medina – Sec. Gremial ADUM

Agustina Cepeda – Sec. Gremial suplente ADUM

Enrique Andriotti Romanín – Sec. Adjunto ADUM

Pedro Sanllorenti – Sec. General ADUM

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1)- El artículo 13 del CCT denominado «Ascenso y Promoción» expresa:

 “Ascenso y promoción.

El ascenso en los distintos cargos de la carrera se efectuará por concurso público y abierto de antecedentes y oposición.

La promoción al cargo de Jefe de Trabajos Prácticos se efectuará por concurso público, cerrado, de antecedentes y oposición.

En ambos casos, salvo disposición estatutaria o acuerdo paritario local que establezca otro mecanismo más beneficioso para el docente.”

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2)- El Acta Paritaria local (ratificada por Ordenanza del Consejo Superior de la UNMdP) expresa

Reglamentación del art. 13 del CCT – Acuerdo paritario – Ratificado por Consejo Superior

Para poder acceder al mecanismo de promoción que lo designará como Jefe de Trabajos Prácticos regular y con la dedicación correspondiente al cargo vacante o creado, el docente deberá poseer una antigüedad no menor a tres años en un cargo regular de Ayudante Graduado, o haber regularizado el cargo de Ayudante Graduado a través del art 73 del CCT, o ser Ayudante Graduado interino incluido en el art. 73 del CCT, en el área de conocimiento de la Unidad Académica donde se produzca la vacante o se creare un cargo nuevo de JTP. El concurso público, cerrado, de antecedentes y oposición se circunscribirá a todos/as aquellos que cumplan estas condiciones y manifiesten su voluntad de acceder a la promoción mediante su inscripción en dicho concurso. En caso en que ninguno se inscriba o reúna los requisitos, se realizará la convocatoria abierta de aspirantes a fin de realizar un concurso público y abierto de antecedentes y oposición.

Al momento de realizar el llamado al Concurso para Jefe de Trabajos prácticos se deben prever dos instancias de inscripción. Una primera para que quienes puedan estar alcanzados por el derecho contemplado en el art 13 del CCT y, si no hubiera inscriptos, se proceda a inscribir a postulantes para un concurso abierto de antecedentes y oposición.

En caso de que ningún/a docente se inscriba o la oficina de Personal Docente de la U.A., previa consulta con Dirección de Personal Docente, informe que no hay aspirantes que reúnan los requisitos, se realizará la convocatoria abierta a fin de realizar un concurso público y abierto de antecedentes y oposición.

La U.A. deberá garantizar la cobertura del cargo de Ayudante Graduado que queda vacante al momento de designar al/la docente que accedió al cargo de JTP concursado por esta modalidad de concurso cerrado del artículo 13, cumplimentando en el plazo de dos años el concurso regular. En el caso de que el cargo de JTP haya sido creado, dicha cobertura podrá ser evaluada.