29 / 08 / 2022 | Noticias Gremiales    

Las y los jubilados docentes universitarios deben enfrentar un problema adicional a que obtengamos buenos aumentos: para la mayoría de ellos la movilidad o actualización de haberes, se hace cada 6 (seis) meses. Al acelerarse el proceso inflacionario lo notan con mayor crudeza. Si los docentes activos no conseguimos aumentos que superen la inflación, lo notamos y ellos más porque cobran con retraso nuestros aumentos.

Las leyes jubilatorias 24.016 (docentes nacionales) y 26.508 (docentes universitarios) fueron reglamentadas de manera tal que, todos los aumentos que perciben las y los docentes activos entre los meses de enero y junio se cobren de manera integrada en septiembre, mientras que los aumentos de julio y diciembre se cobran en marzo. Los índices RIPDOC y RIPDUN que elabora ANSES semestralmente resultan del promedio de los aumentos de los docentes activos. En el RIPDOC no sólo se tienen en cuenta los aumentos en los niveles preuniversitarios de las UUNN, sino que también hay 10 Provincias y CABA, cuyos docentes se jubilan por la ley 24.016 y obligan a realizar un promedio de todos los aumentos para determinar el valor del RIPDOC. Para los docentes universitarios que se jubilan por la ley 26.508 resulta más fácil el cálculo de su índice de movilidad RIPDUN ya que surge de la acumulación de los aumentos obtenidos en la paritaria nacional de docentes universitarios.

En septiembre de 2021, y ante la aceleración de la inflación, se reclamó al Ministerio de Trabajo de la Nación, la trimestralización de las actualizaciones. Un par de meses después ese Ministerio accedió al pedido, y en diciembre de 2021 los haberes se actualizaron con nuestros aumentos de julio, agosto y septiembre de ese año, y en marzo de 2022 los tres meses restantes: octubre , noviembre y diciembre. Sin embargo ante un nuevo y mayor reclamo en 2022, el Ministerio de Trabajo no accedió y nuestro/as jubilado/as debieron esperar nuevamente los 6 (seis) meses para cobrar los aumentos.

Esta situación difiere de lo que ocurre con el resto de las jubilaciones nacionales, incluyendo la de los docentes investigadores, cuyos aumentos son trimestrales y se calcula en conjunto por dos índices: el RIPTE (promedio de incrementos en los haberes de los trabajadores registrados) y el índice de recaudación impositiva.

A continuación pueden ver el PROYECTO DE RESOLUCIÓN de la H. CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN que elaborara el diputado Pablo Carro ante mi pedido, para que el Congreso de la Nación reclame al Poder Ejecutivo la trimestralización de los aumentos de los jubilados docentes universitarios del RIPDUN. Este Proyecto se suma a uno similar presentado por el diputado Hugo Yasky para la aplicación del RIPDOC.

4444-D-2022 P R Carro Actualización Trimestral Jubilación Docentes Universitarios

Pedro Sanllorenti

Sec. General adum