a.d.u.m.
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Parámetros del nomenclador aprobados en el Congreso Extraordinario de
CONADU del 30-09-06. Estos serán los que los representantes de CONADU
deberán proponer en la Mesa de Negociaciones. Deberán incluirse además, en
el Orden del Día del próximo Congreso Extraordinario.

1) Categorías Docentes Universitarios Profesores:

1,8    Titular
1,6    Asociado
1,4    Adjunto
1,2    Jefe de Tr. Prácticos
1,0    Ayudante de 1ª

La relación entre el Titular y el Ayudante de 1ª equivalente a 1,8 es una
meta del nomenclador a alcanzar y representa una diferencia salarial del
20% entre cada categoría.
El Ayudante de 2ª sólo tiene dedicación simple y representa el 0,8 del
Ayudante de 1ª.

2) El cargo testigo Ayudante de 1ª dedicación semiexclusiva es equivalente
a 15 hs cátedra en colegios, 12 hs teciarias, maestro de grado y maestro
de jardín maternal. Para todos ellos se aspira la media canasta familar.
La media canasta familiar para el cargo testigo hoy ronda los $1100.

3) Relación entre dedicaciones docentes: simple (10hs):semiexclusiva
(20hs):exclusiva (40hs) de  4:2:1. Esto significa que para una misma
categoría, todos cobrarán lo mismo por hora de trabajo.

4) Se mantiene el adicional por antigüedad escalonada actual que llega al
120% a los 24 años.

5) Siendo las relaciones actuales entre el Titular y el Ayudante de 1ª de:

1,52 Exclusivos
1,42 Semiexclusivos
1,43 Simples

se propone un programa escalonado de recomposición del nomenclador y cargo
testigo que:

a- tienda primero a alcanzar la altura de 1,52 para las tres dedicaciones
b- luego avance hasta el valor de la media canasta familiar para el cargo
testigo y una altura de 1,6
c- continúe avanzando hasta la altura de 1,8

6) Además, una vez alcanzada la media canasta familiar para el cargo
testigo, se propone un adicional (Compromiso Universitario) del 25% para
aquellos docentes que se dediquen con exclusividad a la Universidad de
manera fehacientemente acreditada (acuerdo paritario 1998 - ver: inc. IV.-
Dec.1470/98).
Este adicional con el que se reconoce el Compromiso con la Universidad,
deberá alcanzar a todos aquellos docentes que, independientemente de los
cargos docentes que ocupen, trabajen entre 40 y 50 hs (inclusive) en el
Sistema Universitario Público y se comprometan a no trabajar fuera de
este.
Se entiende por lo tanto que los docentes que se desempeñen en las
combinaciones: cargo exclusivo; cargo exclusivo más un simple; 2 cargos
semiexclusivos; 2 cargos semiexclusivos y un simple; cargo semiexclusivo y
2 simples; cargo semiexclusivo y 3 simples; 4 cargos simples; 5 cargos
simples; cargo docente de facultad más horas secundarias o terciarias que
completen entre 40 y 50 hs semanales; podrían ser alcanzadas este
adicional a su solicitud y con el compromiso de anunciar los cambios para
dejar de cobrarlo en caso de cambiar la relación laboral.
Con este adicional se reconoce por igual a quienes se desempeñan en tareas
de docencia, docencia e investigación o docencia y extensión, siempre que
lo hagan de manera comprometida con el Sistema Universitario, generándose
un nuevo concepto de "dedicación exclusiva".

(Este adicional y la relación 4:2:1 reemplaza la anterior proporción del
5:2,5:1 con la que se reconocía un 25% más por hora de trabajo a los
docentes con dedicación exclusiva en las décadas del ´80 e inicio de los
´90, y que suponía bloqueo de título).

7) Las recomposiciones del nomenclador previstas en el punto 5)- deben
realizarse luego del blanqueo de los salarios. Además la CONADU no debe
reclamar sumas en negro.

Pedro Sanllorenti
Sec. Adjunto CONADU